lunes, 28 de abril de 2014

Irregularidades

Navieras e inversores impugnan el veto de la UE a las ventajas fiscales isleñas
Bruselas obliga a devolver las deducciones al Impuesto de Sociedades obtenidas entre 2007 y 2011 l Destacados grupos empresariales y bancos, entre los afectados

El Tribunal de Justicia de la UE tendrá que resolver los recursos presentados contra el veto de la Comisión Europea a las ventajas fiscales obtenidas por las empresas navieras registradas en Canarias. Varias sociedades inscritas en las Islas, en unión con inversores y bancos, han demandado a Bruselas por obligarles a devolver las bonificaciones fiscales del Impuesto de Sociedades obtenidas entre 2007 y 2011.

Este proceso es consecuencia de la decisión adoptada por el comisario de la Competencia, Joaquín Almunia, sobre el llamado tax lease, un mecanismo que amparaba la legislación tributaria española y que permitió durante varios años que se construyeran buques a través de un complejo sistema por el cual grandes empresas y bancos obtuvieron suculentas deducciones fiscales. Los inversores y las entidades financieras se dedicaron a crear empresas navieras en forma de agrupaciones de interés económico (sociedades intermediarias), la mayoría de ellas inscritas en Canarias por las ventajas añadidas que supone el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras, que figura en el REF de las Islas.

Entre 2007 y 2010 tuvo lugar una efervescencia de inscripciones de navieras en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Cruz de Tenerife al calor de estos incentivos fiscales. Se contabilizaron hasta más de una treintena de agrupaciones de este tipo. Detrás de ellas figuraban inversores de la categoría de Inditex, Freiremar, El Corte Inglés, Ikea, Ferrovial, Grupo Cortizo o Mango. También los bancos apostaron por invertir en estas sociedades caso del Santander, Banco Pastor, Banco Popular, Caixa Galicia o Caixa Nova.

Los inversores y la banca se sintieron atraídos por las deducciones fiscales que se permitían a través del tax lease –entre un 20 y un 30% del impuesto de sociedades– y las ventajas añadidas del régimen fiscal de las Islas, por eso la mayoría se inscribieron aquí. Todo fue miel sobre hojuelas ya que los distintos gobiernos españoles, de todos los colores políticos, permitieron este incentivo porque supuso un revulsivo para el sector naval, en franca decadencia, y se construyeron más de una decena de barcos en los astilleros españoles gracias al atractivo que suponía para los grupos empresariales y financieros que pudiesen acceder a estas bonificaciones fiscales.

Arrendamiento financiero

Mediante el régimen de arrendamiento fiscal las empresas navieras no adquirían un buque directamente a un astillero sino por mediación de la agrupación de interés económico (AIE), estructura financiera compleja que servía de intermediaria entre los operadores navales y los astilleros. Lo que hacían este tipo de sociedades era sustituir a la compañía naviera que adquiría el buque, lo tomaba en arrendamiento fiscal y lo amortizaba en un plazo de tres a cinco años desde el comienzo de su construcción.

La ventaja de la agrupación de interés económico consistía en que pasaba el régimen fiscal exclusivamente en función del tonelaje y cedía el buque a la naviera, evitando de esta forma el impuesto sobre la plusvalía que se había obtenido, de tal forma que el operador compraba el buque con una rebaja del 20 al 30% sobre el precio de compra facturado por el astillero.

Los problemas llegaron cuando una naviera holandesa presentó una queja por considerar que esta situación suponía una ventaja para las empresas españolas con respecto a las del resto de la Unión Europea. La Comisión analizó la situación y concluyó que el tax lease es incompatible con el régimen de ayudas de Estado comunitario y, por lo tanto, tienen que devolverse todas las deducciones fiscales de las que se beneficiaron los inversores, bancos y sociedades que formaron las agrupaciones de interés económico.

La mayoría de los afectados han presentado recursos y demandas ante el Tribunal de Justicia de la UE para intentar revocar la decisión de la Comisión. Uno de estos recursos ha sido interpuesto por el Banco Santander, Santander Investment y Naviera Séneca AIE (domiciliada en Las Palmas de Gran Canaria), representados por el despacho de abogados de Garrigues. En la demanda contra la Comisión Europea se solicita al Tribunal de Justicia comunitario que se anule la decisión de considerar el sistema español de arrendamiento financiero como una ayuda de Estado nueva e incompatible con el mercado interior europeo e impugna la orden de recuperación de las ayudas.

Esta es una de las muchas demandas presentadas en Luxemburgo contra la Comisión Europea, con lo que aún queda un largo recorrido a un asunto que ha hecho temblar al sector naval español, que se ve ahora entre la espada y la pared si tiene que devolver cuantías que, según los expertos, superan los 136 millones de euros.

Muchas de las navieras creadas en forma de agrupaciones de interés económico y domiciliadas en Canarias se han disuelto en los últimos años, una vez que consiguieron su objetivo de intermediación. Además del tax lease, los beneficios añadidos que obtenían los operadores por inscribir a estas sociedades en Canarias eran a través del Registro Especial de Buques y Empresas Navieras. Los expertos consultados matizan que las ventajas que ofrece este mecanismo fiscal en el Archipiélago son mayores que si se hacían en otros lugares, si bien el grueso de las deducciones procedían del tax lease, que ahora el Gobierno español se ha visto obligado a modificar. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario