Un juez rechaza la demanda de la Diputación vizcaína contra la naviera P&O
La institución reclama que le reintegre 9,7 millones Alega que no pudo usar 36.000 bonos contratados porque cerró el ferry
Un juez de lo Mercantil ha desestimado la demanda de la Diputación foral de Bizkaia en la que exigía a la naviera P&O que le reintegrara 9,7 millones de euros dado que, tras la eliminación del servicio de ferry que operaba esta compañía, no pudo usar 36.000 bonos de viaje que había contratado.
La sentencia, facilitada por fuentes judiciales y que rechaza íntegramente las pretensiones de la Diputación, tiene fecha del 28 de enero de 2011 pero hasta hoy no se ha hecho pública, por lo que el PSE ha criticado que la institución foral la haya "ocultado" todo este tiempo a los grupos de las Juntas Generales.
La Diputación vizcaína ha eludido este jueves hacer declaraciones al respecto, si bien ha informado de que la resolución está recurrida.
Para desestimar la petición de la Diputación, el juez ha argumentado que la naviera no debe pagar a la entidad foral ya que no había ningún contrato entre ambas y se pregunta por qué no intentó hacer uso de los bonos de viaje que aseguraba disponer antes de que el ferry, Pride of Bilbao, dejara de funcionar.
El fallo, que además obliga a la Diputación como demandante a correr con las costas del procedimiento, considera probado que el 7 de marzo de 1995 la institución vizcaína compró por un total de 5,7 millones de euros a la naviera P&O, encargada de la explotación del ferry, un total de 46.500 bonos para facilitar el viaje entre Bilbao y Portsmouth (Gran Bretaña) con títulos al portador.
Ese acuerdo fue declarado ayuda de Estado por la Comisión Europea en 2000 y un juzgado de primera instancia de Bilbao lo declaró en 2007 nulo y obligó a la Diputación a restituir el dinero de la compra de los bonos o devolver los bonos no utilizados.
En octubre de ese año, la Diputación acordó pagar a la naviera 12,9 millones euros, entre ellos los 9,7 millones (intereses incluidos) correspondientes a los 35.707 bonos que no pudieron ser devueltos al no constar que estos estuvieran depositados en la sede foral.
Además, recoge que el Tribunal de Cuentas del País Vasco detectó un error de cálculo de los intereses, por lo que la naviera devolvió 735.000 euros en 2009.
El juez constata que en noviembre de ese año la Diputación reservó 100 billetes en el ferry sin tener que abonar precio alguno y defendió que se podía hacer uso de esos billetes de viaje "sin necesidad de la emisión física" de los mismos.
El 15 de noviembre de 2010 la compañía cerró ese servicio de transporte y se negó a reintegrar los billetes que ya no se podrían utilizar.
La Diputación demandó a la naviera al considerar que los bonos de viaje no tenían fecha de caducidad y que el cierre del ferry impidió que se usaran, por lo cual reclamó que le devolviera 9,7 millones con sus intereses, que la institución pagó en 2007 por los bonos que no fueron usados.
La empresa del ferry recordó que un juzgado ya resolvió que no había relación contractual entre la Diputación y aseguró que en 2009 reservó de manera gratuita 100 plazas de viaje a la institución "por las presiones mediáticas que estaba sufriendo".
La sentencia explica que la Diputación no ha aportado ningún documento que probara que, después de los pagos que se realizaron para cumplir la primera resolución judicial del 2007, ambas volvieran a rubricar un contrato de transporte.
El juez rechaza esa interpretación de la institución foral y dice que "si efectivamente existía ese acuerdo (se supone que desde 2007), no se antoja lógico que en tres años (el cierre acontece en 2010) solo se intentaran apurar 100 servicios de los 35.707 a los que tenía derecho".
Añade que "no se comprende" por qué no se descuenta el precio de esos 100 billetes de la indemnización que la Diputación solicitó por supuesto incumplimiento contractual.
El titular del juzgado de lo mercantil número 2 de Bilbao tampoco encuentra explicación al hecho de que la Diputación no devolviera los bonos en 2007, que sí fueron entregados físicamente por parte de la naviera en 1995.
Fuente: el mundo
La sentencia, facilitada por fuentes judiciales y que rechaza íntegramente las pretensiones de la Diputación, tiene fecha del 28 de enero de 2011 pero hasta hoy no se ha hecho pública, por lo que el PSE ha criticado que la institución foral la haya "ocultado" todo este tiempo a los grupos de las Juntas Generales.
La Diputación vizcaína ha eludido este jueves hacer declaraciones al respecto, si bien ha informado de que la resolución está recurrida.
Para desestimar la petición de la Diputación, el juez ha argumentado que la naviera no debe pagar a la entidad foral ya que no había ningún contrato entre ambas y se pregunta por qué no intentó hacer uso de los bonos de viaje que aseguraba disponer antes de que el ferry, Pride of Bilbao, dejara de funcionar.
El fallo, que además obliga a la Diputación como demandante a correr con las costas del procedimiento, considera probado que el 7 de marzo de 1995 la institución vizcaína compró por un total de 5,7 millones de euros a la naviera P&O, encargada de la explotación del ferry, un total de 46.500 bonos para facilitar el viaje entre Bilbao y Portsmouth (Gran Bretaña) con títulos al portador.
Ese acuerdo fue declarado ayuda de Estado por la Comisión Europea en 2000 y un juzgado de primera instancia de Bilbao lo declaró en 2007 nulo y obligó a la Diputación a restituir el dinero de la compra de los bonos o devolver los bonos no utilizados.
En octubre de ese año, la Diputación acordó pagar a la naviera 12,9 millones euros, entre ellos los 9,7 millones (intereses incluidos) correspondientes a los 35.707 bonos que no pudieron ser devueltos al no constar que estos estuvieran depositados en la sede foral.
Además, recoge que el Tribunal de Cuentas del País Vasco detectó un error de cálculo de los intereses, por lo que la naviera devolvió 735.000 euros en 2009.
El juez constata que en noviembre de ese año la Diputación reservó 100 billetes en el ferry sin tener que abonar precio alguno y defendió que se podía hacer uso de esos billetes de viaje "sin necesidad de la emisión física" de los mismos.
El 15 de noviembre de 2010 la compañía cerró ese servicio de transporte y se negó a reintegrar los billetes que ya no se podrían utilizar.
La Diputación demandó a la naviera al considerar que los bonos de viaje no tenían fecha de caducidad y que el cierre del ferry impidió que se usaran, por lo cual reclamó que le devolviera 9,7 millones con sus intereses, que la institución pagó en 2007 por los bonos que no fueron usados.
La empresa del ferry recordó que un juzgado ya resolvió que no había relación contractual entre la Diputación y aseguró que en 2009 reservó de manera gratuita 100 plazas de viaje a la institución "por las presiones mediáticas que estaba sufriendo".
La sentencia explica que la Diputación no ha aportado ningún documento que probara que, después de los pagos que se realizaron para cumplir la primera resolución judicial del 2007, ambas volvieran a rubricar un contrato de transporte.
El juez rechaza esa interpretación de la institución foral y dice que "si efectivamente existía ese acuerdo (se supone que desde 2007), no se antoja lógico que en tres años (el cierre acontece en 2010) solo se intentaran apurar 100 servicios de los 35.707 a los que tenía derecho".
Añade que "no se comprende" por qué no se descuenta el precio de esos 100 billetes de la indemnización que la Diputación solicitó por supuesto incumplimiento contractual.
El titular del juzgado de lo mercantil número 2 de Bilbao tampoco encuentra explicación al hecho de que la Diputación no devolviera los bonos en 2007, que sí fueron entregados físicamente por parte de la naviera en 1995.
Fuente: el mundo
No hay comentarios:
Publicar un comentario