El fiscal general considera que el hundimiento del petrolero no ocurrió en aguas territoriales
La sentencia establecía una multa de 375.000 euros por un delito ecológico
La condena contra la multinacional petrolera Total por su responsabilidad en la marea negra provocada en 1999 por el hundimiento del petrolero Erika puede quedar anulada por un defecto de forma en el juicio, según revela hoy la prensa gala. La sentencia, que fue recurrida por la compañía, estableció una multa de 375.000, la mayor sanción impuesta en Francia por un delito ecológico.
El próximo 24 de mayo el Tribunal Supremo francés deberá decidir si acepta la opinión del fiscal general y las conclusiones de un informe que dispensa de responsabilidad a Total por considerar que el hundimiento del Erika no ocurrió en aguas francesas. Según el documento, el barco, que navegaba bajo bandera de Malta, vertió los hidrocarburos que transportaba en la Zona Económica Exclusiva (ZEE), es decir, fuera de las aguas territoriales.
Dado que el Estado francés, según la normativa internacional, solo puede aplicar su ley fuera de las aguas territoriales si el buque en cuestión tiene bandera gala, en este caso la legislación legislación nacional sería inaplicable. La consecuencia, si el Supremo acepta la línea propuesta por el fiscal, sería el archivo del caso y la anulación del juicio, puesto que lo importante es dónde se produjo el naufragio y no dónde se notaron los efectos de la contaminación resultante del vertido.
El grupo Total, la mayor empresa francesa en capitalización bursátil, siempre ha negado su responsabilidad en el naufragio del Erika, que se hundió el 12 de diciembre de 1999 frente a Bretaña con 37.000 toneladas de crudo, lo que provocó una marea negra en 400 kilómetros de costas y contaminó a unos 150.000 pájaros.
En primera instancia la empresa, dueña del petróleo que transportaba el buque, fue considerada en enero de 2008 responsable penal, condenada a una multa de 375.000 euros y a pagar 192,5 millones de euros de indemnizaciones a los afectados conjuntamente con la empresa de certificación Rina, responsable de comprobar el estado del barco.
La petrolera fue considerada en Francia culpable de un delito ecológico, una figura delictiva de nueva creación. Total recurrió aquel fallo y, en segunda instancia, el Tribunal de Apelación de París confirmó la multa, pero eximió a la petrolera del pago de nuevas indemnizaciones que pedían algunos de los afectados.
En su recurso al Tribunal Supremo, Total sostuvo que no era de su responsabilidad conocer el estado del Erika, una tarea que correspondía a Rina. Esta sociedad de certificación italiana también fue condenada en primera y segunda instancia a una multa de 375.000 euros.
Además, el tribunal de apelación confirmó las multas de 75.000 euros impuestas al armador, Giuseppe Savarese, y el gestor del barco, Antonio Pollara. Apelación también decidió elevar a 200,6 millones de euros el monto total de las indemnizaciones, pero eximió a la petrolera de nuevos pagos al considerar que ya había afrontado su parte.
Total decidió tras la catástrofe indemnizar a los afectados con 171,5 millones de euros independientemente del resultado del proceso abierto por el hundimiento del Erika. El tribunal dictaminó que los pagos restantes corresponden a los otros condenados. Además, Total desembolsó unos 200 millones de euros más para contribuir a los gastos derivados de las labores de limpieza de las costas.
Fuente: el país
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